Regulación de la Caza en España

 

 

 

La regulación de la caza en España tiene antecedentes ya desde la Edad Media. Aunque es a partir del siglo XIX cuando entran en vigor las primeras leyes de caza en un sentido moderno. En la actualidad, la caza es competencia de las Comunidades Autónomas. Existen 15 leyes autonómicas de caza. Las comunidades que no tienen ley propia (Madrid y Cataluña), se rigen por la ley estatal de caza de 1970.

 

A partir de 1989, año en que entra en vigor la Ley 4/89 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Fauna y Flora Silvestre (hoy derogada por la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad), la caza debe estar obligatoriamente ordenada para su aprovechamiento a nivel de unidad de gestión (normalmente, un coto). Los instrumentos para su ordenación a nivel de coto se denominan comunmente de manera genérica Planes Técnicos de Caza, aunque puede variar su denominación a nivel autonómico.

 

La ordenación cinegética a nivel de unidad de aprovechamiento (coto) es la planificación del recurso cinegético plasmado en un documento de gestión, o proyecto de ordenación, denominado Plan Técnico de Caza. La gestión cinegética es la ejecución o puesta en práctica de la ordenación.

 

La caza, a través de la gestión, es una herramienta directa de manejo de poblaciones animales silvestres y de sus hábitats. Este manejo repercute en el resto de las comunidades de flora y fauna, por tanto, en el conjunto de los ecosistemas. La gestión cinegética, en función de cómo se realice, puede ser positiva o negativa para la sostenibilidad natural del propio recurso y para la conservación de sus hábitats en su conjunto.